LOGO INSTITUCIONAL
Generic selectors
Exact matches only
Search in title
Search in content
Post Type Selectors
EN ES

Recepción y gestión de denuncias, quejas , sugerencias y felicitaciones

Fecha de publicación 

31 de mayo 2022

Objetivo   

Tramitar las denuncias, quejas, sugerencias y felicitaciones manifestadas por los contribuyentes y/o usuarios de los servicios que presta esta Dirección General, a fin de generar en los administrados el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias, mejorar el servicio brindado y promover la participación ciudadana.

1. Denuncias relativas a incumplimientos tributarios en materia de retenciones del Impuesto sobre la Renta tales como:

1.1. No emitir Constancia de Retención o emitirla incumpliendo los requisitos legalmente establecidos .(artículo 145 Código Tributario)

1.2.  No presentar Informe Anual de Retenciones (F-910) o presentarlo incumpliendo los requisitos legales.(Art. 123 Código Tributario)

1.3. Diferencias entre los montos reportados en el Informe Anual de Retenciones (F-910) y los enteros efectuados en las declaraciones de Pago a Cuenta e Impuesto Retenido (F-14)

2. Denuncias relativas a hechos o situaciones que puedan ser constitutivas de infracciones contenidas en la legislación tributaria aplicable.

3.-Quejas, Sugerencias y Felicitaciones respecto a los servicios prestados por la Dirección General de Impuestos Internos.

Base Legal    Artículo 36 del Código Tributario.    

Denuncias: Las personas naturales o jurídicas que tengan conocimiento de hechos o situaciones que puedan ser constitutivas de infracciones tributarias podrán denunciarlo ante la Administración Tributaria.

Recibida una denuncia, se dará trámite a la misma; no obstante, podrán archivarse las denuncias infundadas. La Administración Tributaria garantizará la confidencialidad de la identidad de los denunciantes, la que no podrá hacerse del conocimiento de persona alguna.  

No se considerará al denunciante como parte ni como interesado en la actuación administrativa que se inicie a raíz de la denuncia, ni legitimado para la interposición de recursos o reclamaciones en relación con los resultados de la misma.

Ley Orgánica de la Dirección General de Impuestos Internos, Decreto Legislativo 451 del 22 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial No. 56, Tomo No. 306, del 7 de marzo de 1990.

Acuerdos No. 3/2021 y 26/2021 de fechas 10 de marzo y 8 de diciembre de 2021.

Requisitos   

Para las denuncias por incumplimientos en materia de retenciones del Impuesto sobre la Renta, según sea el caso:

  • Proporcionar información acerca del denunciado (nombre, domicilio, dirección electrónica, número telefónico, NIT/DUI).             
  • Indicar el ejercicio impositivo (año) del incumplimiento. 
  • Facilitar NIT/DUI del denunciante (pueden ser remitidos vía correo electrónico)
  • Anexar en caso de poseer documentación que compruebe la vinculación laboral o la prestación de servicios, tales como boletas de pago, planillas, reporte bancario de pagos efectuados, voucher, cheques, facturas, recibos, constancias de retención, etc.                

2.- Para las denuncias relacionadas con incumplimientos a la normativa tributaria pertinente:

  • Facilitar información del denunciado: NIT/DUI, nombre, domicilio. dirección electrónica, número telefónico o cualquier dato que permita ubicarlo y descripción de los hechos.
  • Adjuntando además documentos de respaldo del hecho denunciado, tales como orden de compras, recibos provisionales, entre otros .

3.- Quejas, Sugerencias y Felicitaciones

  • Indicar  el servicio o trámite solicitado.
  • Fecha de realización del trámite o servicio.
  • Citar nombre de empleado, número de ventanilla, módulo o cubículo y  oficina en que se realizó el trámite o servicio.
  • Descripción de los hechos.
  • Proporcionar nombre, número telefónico o dirección electrónica, en caso de que se identifique y desee ser contactado o se necesite información adicional.

Formulario    

N/A, solo  presencial

Procedimiento General  

Contactarse con la Unidad de Defensoría del Contribuyente y Educación Fiscal, vía presencial, telefónica o por correo electrónico para interponer la denuncia, queja, sugerencia o felicitación. Adjuntando la documentación necesaria, según sea el caso

Emisor   

Dirección General de Impuestos Internos

Unidad organizativa responsable

Unidad de Defensoría del Contribuyente y Educación Fiscal

Persona responsable

Ana Cristabel Bermúdez de Alvarez

Teléfono Directo     2244-3570 y 2244-3571  y  Mensajes por  Whast App: 7073-8254

Correo electrónico     defensor@mh.gob.sv

Ubicación    Centro de Atención Express Central y Grandes Contribuyentes.   MODULO 29;Diagonal Centroamérica y Avenida Alvarado No. 4, Ex Bolerama Jardín, contiguo a Edificio Tres Torres, San Salvador

Tiempo de respuesta   

Denuncias

75 días hábiles  cuando sean gestionadas por la Unidad. 

Quejas, Sugerencias y Felicitaciones: 13 días hábiles.

Nota

Aplica respuesta cuando el usuario o contribuyente se identifica y cita un medio de contacto

Horario de atención  

  Lunes a viernes: 7:30 a.m. a 15.30 p.m., sin cerrar al mediodía.

Costo por servicio   

Gratuito