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EN ES

Emisión de constancia de NIT de contribuyentes fallecidos

Fecha de actualización

18 de septiembre 2023

Objetivo

Proporcionar constancia de NIT de fallecido, para los tramites de aceptación de herencia por parte de los interesados o para beneficiarios de bienes del fallecido

Base Legal

Literal a), articulo 4, Código Tributario

Requisitos

  1. Escrito en original y copia, firmado por heredero o beneficiario que indique el motivo por el cual requiere la constancia. (No se requiere firma autenticada por Notario).
  2. DUI, Pasaporte (extranjeros) del heredero, beneficiario o solicitante.
  3. En el caso que sean dos o más herederos, deberán de nombrar a un Apoderado que los represente para gestionar la Constancia, o en su defecto que todos los herederos firmen la petición que deberá ser autenticada por Notario
  4. DUI, Pasaporte (extranjeros) del Apoderado (Presentar copia legible del DUI/Pasaporte (Extranjeros) de los herederos, beneficiarios o solicitantes), si aplica.
  5. DUI, Pasaporte (extranjeros) del fallecido (SI lo posee), en caso de no contar con DUI, presentar Partida de Nacimiento en original y fotocopia simple.
  6. Certificación o resolución de aceptación de herencia interina emitida por Juzgado de lo Civil o por Notario.
  7. Documento, Nota o Constancia emitida por la institución que solicita la Certificación de NIT que compruebe que el solicitante del trámite es beneficiario de bienes del fallecido. (Si cumple con requisito 6, no es indispensable).
  8. Partida de Defunción en original y fotocopia simple.
  9. Original y fotocopia de Poder: General Administrativo, General con cláusula especial, General Judicial y Administrativo, General Judicial y Administrativo con cláusula especial, Poder Especial o Poder específico para actuar ante la Administración Tributaria, que contengan facultades para realizar trámites en representación del poderdante ante el Gobierno, el Estado, la Administración Tributaria o cualquier Institución u Oficina Pública.- Ver Circular Nº 03/2011 de fecha 6 de diciembre de 2011, en caso de ser otorgado en el extranjero deberá ser traducido al español y certificado por la autoridad competente (Apostilla), según el caso, más requisitos de numerales anteriores.
  10. En caso que no comparezca el Representante de la Sucesión o su Apoderado, heredero o beneficiario, deben anexar autorización autenticada por Notario para la persona que realice el trámite y la gestión específica a realizar en el Ministerio de Hacienda, presentando DUI, o Pasaporte (extranjeros), de la persona autorizada para efectuar el trámite, y demás requisitos estipulados en los apartados anteriores.

Notas:

  1. Durante el proceso de verificación puede ser requerida documentación adicional.
  2. Todos los documentos solicitados deben estar vigentes y legibles, inclusive las fotocopias.
  3. Si no presenta documentos originales puede presentar en su defecto fotocopias certificadas, con excepción de documentos de identificación (DUI, Pasaporte/Carnet de Residencia, Partida de Nacimiento) del contribuyente si se presenta personalmente.
  4. En el caso de detectar NIT duplicados, estos serán atendidos en el Centro de Atención Express de todo el país, en donde se determinará la documentación y requisitos que debe presentar el contribuyente

Formulario (s)

N/A

Procedimiento General

Las personas que deseen obtener la constancia de NIT de fallecido deben presentarse en las áreas de atención respectivas.

Emisor

Dirección General de Impuestos Internos

Unidad organizativa responsable

Centro de Atención Express Central y Grandes Contribuyentes

Persona responsable

Tránsito Alexander Recinos Mejía

Teléfono Directo

2244-3444

Correo electrónico

asistenciadgii@mh.gob.sv

Fax

N/A

Ubicación

• Centro de Atención Express Central y Grandes Contribuyentes.
• Diagonal Centroamérica y Avenida Alvarado No. 4, Ex Bolerama Jardín, contiguo a Edificio Tres Torres, San Salvador.
• Centro de Atención Express Centro de Gobierno 13 Calle Poniente y 3a. Av. Norte No. 207, Centro de Gobierno.
• Centro de Atención Express La Mascota Sobre Calle La Mascota No. 144, a 150 metros de la Alameda Manuel Enrique Araujo, SanSalvador.
• Centro de Atención Express Soyapango Urb. Industrial San Pablo, Calle L-1, No. 15, Soyapango.
• Centro de Atención Express La Libertad Centro Comercial Las Cascadas, Local 130-B, Antiguo Cuscatlán, La Libertad.
• Centro de Atención Express Santa Ana Kilómetro 67 Carretera a Metapán, Contiguo a Penal de Apanteos, Municipio y Departamento de Santa Ana.
• Centro de Atención Express San Miguel 6a. Av. Norte, entre C. Sirama y 2a. C. Ote., San Miguel.
• Centro de Atención Express Ahuachapán Avenida Francisco Menéndez Norte, Calle Gerardo Barrios # 1-2, Ahuachapán.
• Centro de Atención Express Cabañas Av. Libertad, Barrio Los Remedios, Contiguo a DUICENTRO y frente a Destacamento Militar N.º2, Sensuntepeque, Cabañas.
• Centro de Atención Express Morazán 3a. Calle Poniente y 3a. Av. Sur, Barrio El Centro, Centro de Gobierno, San Francisco Gotera, Morazán.
• Centro de Atención Express Usulután Final 3a. C. Pte., No. 25, Usulután.
• Centro de Atención Express La Unión Barrio El Centro, 3ª. av. Norte, Calle a los Coquitos, Antiguo local de la Administración de Rentas, La Unión.
• Centro de Atención Express Cuscatlán Calle Francisco López y 6a. Avenida Sur, No. 1, Cojutepeque, Cuscatlán.
• Centro de Atención Express La Paz Carretera antigua del Litoral, Km 57 y Final 5ª avenida Sur, Barrio San José Zacatecoluca, La Paz.
• Centro de Atención Express San Vicente, 1ª.Calle Poniente y 3ª. Av. Norte, No. 11, Ciudad y Departamento de San Vicente.
• Centro de Atención Express Chalatenango Placita El Tesoro, Barrio El Centro, 4ta Calle Poniente y Avenida Luciano Morales, Chalatenango.
• Centro de Atención Express Sonsonate Centro Comercial Modelo Edificio 2B, locales 24 y 25, Paseo 15 de septiembre, Sonsonate.

Tiempo de respuesta

8 horas hábiles

Horario de atención

Lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m., sin cerrar al mediodía

Costo

por servicio Gratuito