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EN ES

Devolución Impuesto sobre la Renta sin Cobro en Banco Autorizado

Fecha de actualización

03 de junio de 2025

Objetivo

Atender las solicitudes de devoluciones del Excedente del Impuesto sobre la Renta, que no fueron cobradas en el periodo ordinario por el contribuyente en Banco autorizado.

Base Legal

  • Artículo 38 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
  • Art. 71 Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado
  • Articulo 104, del Reglamento de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado
  • Norma C.27.3. numeral 5. del Manual Técnico del Sistema de Administración Financiera Integrado

Requisitos

Departamento de Control de Pagos Directos (Emisión de Orden de Pago)

  • Original de DUI o en su caso pasaporte, carné de Residente o documento de identidad del país de origen del contribuyente,
  • Firmar solicitud de devolución de impuesto sobre la renta vencida.
  • Proporcionar Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente,
  • Si el nombre del contribuyente difiere entre documento de identidad y nombre en la base de datos de la DGT, deberá actualizar en la DGII la tarjeta del NIT.
  • Cuando el trámite lo realice persona autorizada además de los requisitos mencionados, deberá presentar original de DUI del autorizado y cualquiera de los documentos siguientes: Autorización autenticada por notario en original y copia.
  • Poder Original o fotocopia autenticada por notario y copia del mismo.

Depto. Fondos Especiales y en Depósito (Devolución)

• Orden de Pago de Devolución Vencida del Impuesto sobre la Renta debidamente sellada y firmada. (sin enmendaduras, ni señales de alteración)
• Documento Original de Identificación Personal vigente y en estado legible: (Salvadoreños: Documento Único de Identidad (DUI), Extranjeros: Pasaporte, Carné de Residente o documento de identidad del país de origen).

Si el trámite lo realiza persona autorizada, además de los documentos mencionados presentar:

• Cualquiera de los siguientes documentos:
a) Autorización Original autenticada por notario, en cualquiera de los formatos según aplique: DEV/FAC-01 o DEV/FAC-02
b) Testimonio de Escritura Pública de Poder en original.
c) Fotocopia de poder autenticada por notario con firma y sello en original.

• Fotocopia del documento de identidad personal del beneficiario de la devolución, vigente y en estado legible (Salvadoreños: DUI, Extranjeros: Pasaporte, Carné de Residente o documento de identificación del país de origen).

Notas
• Para todos los trámites de Devolución de Fondos Ajenos, se tomará en cuenta lo establecido en el Art.104 literal D del Reglamento de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.

• Las fotocopias autenticadas por notario son requeridas con firma y sello original en cada Departamento donde se atiende el trámite. Fotocopia Legible de DUI vigente, ampliada al 150%

Formulario (s)

Formularios requeridos para la Emisión de Orden de Pago:
No existen formularios establecidos.

Formularios requeridos para la Devolución (Entrega de Cheque) cuando el trámite no lo realiza el beneficiario directamente:

DEV/FAC-01 Formato de Autorización para Trámite de Devolución de Fondos Ajenos en Custodia-Persona Natural.

DEV/FAC-02 Formato de Autorización Para Trámite de Devolución de Fondos Ajenos en Custodia- Persona Natural-Extranjeros Domiciliados en El Salvador.

Procedimiento para la emisión de Orden de Pago: 

  1. Presentarse en las oficinas del Departamento de Control de Pagos Directos, en Condominio Tres Torres, Torre 1, Nivel 5, Ala C. San Salvador.
  2. Entregar la documentación conforme a requisitos establecidos.
  3. Firmar solicitud para someter a revisión los documentos presentados.

Si la documentación presentada reúne las características y condiciones necesarias.

  1. Se emite la Orden de Pago y se le entrega al contribuyente, apoderado o autorizado.
  2. Se orienta al contribuyente para que pase al Departamento de Fondos Especiales y en Deposito para que continúe el trámite.

Atención de Solicitud de Devolución (entrega de cheque)

Presentar Orden de Pago en Torre 1, Nivel 2, ala A, revisión de requisitos, entrega de contraseña para posteriormente retirar el cheque.

Emisor

División de Administración de Egresos y División de Fondos Ajenos en Custodia.

Unidad organizativa responsable

Emisión de Orden de Pago
Depto. de Pagos Directos
Atención de Solicitud de Devolución
Depto. Fondos Especiales y en Depósito.

Persona responsableTeléfono DirectoCorreo electrónico
Emisión de Orden de Pago: Jefe de Departamento de Control de Pagos Directos
Atención de Solicitud de Devolución (entrega de cheque): Juan Castillo
2244/3288 / 2244-3229 / 2244-3290

22443295
Orden de Pago:
clientedgt@mh.gob.sv
Entrega de Cheque:
dev.fondosajenos@mh.gob.sv

Fax

2244-7230

Ubicación

Departamento de Control de Pagos Directos (Emisión de Orden de Pago): Urbanización Buenos Aires, Avenida Alvarado y Diagonal Centroamérica. Condominio Tres Torres, Torre 1 Nivel 5 ala C, San Salvador Centro.

Departamento de Fondos Especiales y en Depósito (Devolución-Entrega de Cheque)

San Salvador
Oficina Central: Urbanización Buenos Aires, Avenida Alvarado y Diagonal Centroamérica. Condominio Tres Torres, , Torre 1, Nivel 2, Ala «A». San Salvador, San Salvador Centro, San Salvador.

Tiempo de respuesta

Para Orden de Pago y entrega de contraseña para retiro de cheque: el mismo día.

Entrega de Cheque, el 5o. Día hábil contados a partir de la entrega de la contraseña. (Si el interesado cumple totalmente con los requisitos establecidos).

Horario de atención

Orden de Pago: Lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m. sin cerrar al mediodía 
Solicitud y Entrega de Cheque: Lunes a viernes de 7:30 a.m.  a 3:30 p.m. sin cerrar a mediodía

Costo por servicio

Gratuito.