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EN ES

Destrucción de materia prima o mercadería

Fecha de publicación

23 de octubre 2023

Objetivo

Atender las peticiones de destrucción de materia prima o mercadería por obsoletas, vencidas, deterioradas o consumidas por fuerza mayor o caso fortuito en los casos que sean retirados o desafectados de los inventarios.

Base Legal

Artículo 11 de la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios y 4 del Reglamento de dicha Ley.

Requisitos

  1. Presentar escrito dirigido al Director General de Impuestos Internos, solicitando la autorización para la destrucción de materia prima o mercadería, firmado por el Contribuyente, Representante Legal o Apoderado, si se presenta por tercera persona deberá autenticarse la firma ante Notario; artículo 34 del Código Tributario;
  2. En el escrito deberá señalar lugar, fecha y hora de la destrucción de materia prima o mercadería;
  3. Presentar el Acta donde conste el detalle pormenorizado del inventario destruido, debidamente valuado, firmado y sellado por las personas responsables;
  4. Presentar el Acta de Destrucción de mercadería en original, firmada y sellada por las personas responsables;
  5. Adjuntar la fotocopia certificada por Notario de la Factura de Consumidor Final que contiene el detalle y valor total de la destrucción a realizar. De conformidad a lo establecido en los artículos 11 y 58 de la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios y el artículo 29-A numeral 10) de la Ley de Impuesto sobre la Renta;
  6. Fotocopia certificada u original del Acta de Disposición Final de Destrucción de la Mercadería, levantada por la empresa que destruyó la misma y personal al servicio del solicitante que intervenga en el procedimiento de destrucción;
  7. Señalar lugar para recibir notificaciones, correo electrónico, teléfono de contacto y persona comisionada para recibir notificaciones.

Formulario

N/A

Procedimiento General

ATENCIÓN PERSONALIZADA

Departamento de Resoluciones revisa que la documentación esté completa y recepciona el escrito, en caso de faltar algún requisito se requerirá al efecto.

Análisis: Departamento de Resoluciones analiza la petición del contribuyente para verificar la procedencia de lo solicitado y emite resolución

Emisor

Dirección General de Impuestos Internos.

Unidad organizativa responsable

Departamento de Resoluciones.

Persona responsable

Claudia Ivette Alvarado de Huezo

Teléfono directo

22443562 y 22443563.

Ubicación

  1. Centro de Atención Express Central y Grandes Contribuyentes. Diagonal Centroamérica y Avenida Alvarado No. 4, Ex Bolerama Jardín, contiguo a Edificio Tres Torres, San Salvador.
  2. Departamento de Resoluciones. Urbanización Buenos Aires, Diagonal Centroamérica y Avenida Alvarado, Condominio Tres Torres, Torre 1, Nivel 7, Ala “C”, San Salvador.
  3. 6ª Av. Norte, entre C. Sirama y 2ª C. Ote, Oficina Regional de Oriente; San Miguel.
  4. Carretera salida a Metapan km. 67 contiguo a Centro Penal de Apanteos, Oficina Regional de Occidente, Santa Ana.

Tiempo de respuesta

20 días hábiles contados desde la recepción de la petición

Horario de atención continua

Lunes a Viernes de 7:30 a. m. a 15:30 p. m. sin cerrar al mediodía.

Costo por servicio

Gratuito.