LOGO INSTITUCIONAL
Generic selectors
Exact matches only
Search in title
Search in content
Post Type Selectors
EN ES

Destrucción de materia prima o mercadería

Fecha de publicación

24 de Septiembre 2024

Objetivo

Atender las peticiones de destrucción de materia prima o mercadería por obsoletas, vencidas, deterioradas o consumidas por fuerza mayor o caso fortuito en los casos que sean retirados o desafectados de los inventarios.

Base Legal

Artículo 11 de la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios y 4 del Reglamento de dicha Ley.

Requisitos

  1. Presentar escrito dirigido al Director General de Impuestos Internos, solicitando la autorización para la destrucción de materia prima o mercadería, firmado por el Contribuyente, Representante Legal o Apoderado, si se presenta por tercera persona deberá autenticarse la firma ante Notario; artículo 34 del Código Tributario;
  2. En el escrito deberá señalar lugar, fecha y hora de la destrucción de materia prima o mercadería;
  3. Presentar el Acta donde conste el detalle pormenorizado del inventario destruido, debidamente valuado, firmado y sellado por las personas responsables;
  4. Presentar el Acta de Destrucción de mercadería en original, firmada y sellada por las personas responsables;
  5. Adjuntar la fotocopia certificada por Notario de la Factura de Consumidor Final que contiene el detalle y valor total de la destrucción a realizar. De conformidad a lo establecido en los artículos 11 y 58 de la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios y el artículo 29-A numeral 10) de la Ley de Impuesto sobre la Renta;
  6. Fotocopia certificada u original del Acta de Disposición Final de Destrucción de la Mercadería, levantada por la empresa que destruyó la misma y personal al servicio del solicitante que intervenga en el procedimiento de destrucción;
  7. Señalar lugar para recibir notificaciones, correo electrónico, teléfono de contacto y persona comisionada para recibir notificaciones.

Formulario

N/A

Procedimiento General

ATENCIÓN PERSONALIZADA

Departamento de Resoluciones revisa que la documentación esté completa y recepciona el escrito, en caso de faltar algún requisito se requerirá al efecto.

Análisis: Departamento de Resoluciones analiza la petición del contribuyente para verificar la procedencia de lo solicitado y emite resolución

Emisor

Dirección General de Impuestos Internos.

Unidad organizativa responsable

Departamento de Resoluciones.

Persona responsable

Claudia Ivette Alvarado de Huezo

Teléfono directo

22443562 y 22443563.

Ubicación

  1. Centro de Atención Express Central y Grandes Contribuyentes. Diagonal Centroamérica y Avenida Alvarado No. 4, Ex Bolerama Jardín, contiguo a Edificio Tres Torres, Distrito de San Salvador, Municipio de San Salvador Centro, Departamento de San Salvador.
  2. Departamento de Resoluciones. Urbanización Buenos Aires, Diagonal Centroamérica y Avenida Alvarado, Condominio Tres Torres, Torre 1, Nivel 7, Ala “C”, Distrito de San Salvador, Municipio de San Salvador Centro, Departamento de San Salvador.
  3. 6ª Av. Norte, entre C. Sirama y 2ª C. Ote, Oficina Regional de Oriente; Distrito de San Miguel, Municipio de San Miguel Centro, Departamento de San Miguel.
  4. Carretera salida a Metapan km. 67 contiguo a Centro Penal de Apanteos, Oficina Regional de Occidente, Distrito de Santa Ana, Municipio de Santa Ana Centro, Departamento de Santa Ana.

Tiempo de respuesta

20 días hábiles contados desde la recepción de la petición

Horario de atención continua

Lunes a Viernes de 7:30 a. m. a 15:30 p. m. sin cerrar al mediodía.

Costo por servicio

Gratuito.