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Destrucción de materia prima o mercadería
Fecha de publicación
23 de octubre 2023
Objetivo
Atender las peticiones de destrucción de materia prima o mercadería por obsoletas, vencidas, deterioradas o consumidas por fuerza mayor o caso fortuito en los casos que sean retirados o desafectados de los inventarios.
Base Legal
Artículo 11 de la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios y 4 del Reglamento de dicha Ley.
Requisitos
- Presentar escrito dirigido al Director General de Impuestos Internos, solicitando la autorización para la destrucción de materia prima o mercadería, firmado por el Contribuyente, Representante Legal o Apoderado, si se presenta por tercera persona deberá autenticarse la firma ante Notario; artículo 34 del Código Tributario;
- En el escrito deberá señalar lugar, fecha y hora de la destrucción de materia prima o mercadería;
- Presentar el Acta donde conste el detalle pormenorizado del inventario destruido, debidamente valuado, firmado y sellado por las personas responsables;
- Presentar el Acta de Destrucción de mercadería en original, firmada y sellada por las personas responsables;
- Adjuntar la fotocopia certificada por Notario de la Factura de Consumidor Final que contiene el detalle y valor total de la destrucción a realizar. De conformidad a lo establecido en los artículos 11 y 58 de la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios y el artículo 29-A numeral 10) de la Ley de Impuesto sobre la Renta;
- Fotocopia certificada u original del Acta de Disposición Final de Destrucción de la Mercadería, levantada por la empresa que destruyó la misma y personal al servicio del solicitante que intervenga en el procedimiento de destrucción;
- Señalar lugar para recibir notificaciones, correo electrónico, teléfono de contacto y persona comisionada para recibir notificaciones.
Formulario
N/A
Procedimiento General
ATENCIÓN PERSONALIZADA
Departamento de Resoluciones revisa que la documentación esté completa y recepciona el escrito, en caso de faltar algún requisito se requerirá al efecto.
Análisis: Departamento de Resoluciones analiza la petición del contribuyente para verificar la procedencia de lo solicitado y emite resolución
Emisor
Dirección General de Impuestos Internos.
Unidad organizativa responsable
Departamento de Resoluciones.
Persona responsable
Claudia Ivette Alvarado de Huezo
Teléfono directo
22443562 y 22443563.
Ubicación
- Centro de Atención Express Central y Grandes Contribuyentes. Diagonal Centroamérica y Avenida Alvarado No. 4, Ex Bolerama Jardín, contiguo a Edificio Tres Torres, San Salvador.
- Departamento de Resoluciones. Urbanización Buenos Aires, Diagonal Centroamérica y Avenida Alvarado, Condominio Tres Torres, Torre 1, Nivel 7, Ala “C”, San Salvador.
- 6ª Av. Norte, entre C. Sirama y 2ª C. Ote, Oficina Regional de Oriente; San Miguel.
- Carretera salida a Metapan km. 67 contiguo a Centro Penal de Apanteos, Oficina Regional de Occidente, Santa Ana.
Tiempo de respuesta
20 días hábiles contados desde la recepción de la petición
Horario de atención continua
Lunes a Viernes de 7:30 a. m. a 15:30 p. m. sin cerrar al mediodía.
Costo por servicio
Gratuito.