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Consulta escrita

Fecha de Publicación

13 de Septiembre 2024

Objetivo

Emitir opinión jurídica, respecto de lo estrictamente consultado, estableciendo así el parecer de la Administración Tributaria, al definir criterios legales con efectos vinculantes, con arreglo a la Constitución de la República y Leyes Tributarias respectivas.

Base Legal

Código Tributario, Decreto Legislativo No. 230 del 14 de diciembre de 2000, Publicado en el Diario Oficial No. 241, Tomo No. 349 del 22 de diciembre de 2000.  Ley de Impuesto sobre la Renta, Decreto Legislativo No. 134 del 18 de diciembre de 1991, Publicado en el Diario Oficial No. 242, Tomo No. 313 del 21 de diciembre de 1991.   Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, Decreto Legislativo No. 296 del 24 de julio de 1992, Publicado en el Diario Oficial No. 143 Tomo No. 316 del 31 de julio de 1992.   Impuesto sobre Transferencia de Bienes Raíces, Decreto Legislativo No. 552 del 18 de diciembre de 1986, Publicado en el Diario Oficial No. 239, Tomo No. 293 del 22 de diciembre de 1986.

Requisitos

  1. Escrito firmado por el Contribuyente, Representante Legal o Apoderado, en caso de ser presentado por persona autorizada, deberá autenticarse la firma del escrito ante notario.
  2. El escrito de consulta deberá expresar con claridad y con la extensión necesaria, la siguiente información:
    • Los antecedentes y circunstancias del caso, así como cualquier comentario que estime pertinente sobre el tema,
    • El objeto de la consulta y las dudas que suscite la normativa tributaria aplicable; y
    • Los demás datos, elementos, documentos y evidencias que puedan contribuir a la formación de juicio por parte de la Administración Tributaria.
  3. Cuando la personería no se encuentre acreditada en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), deberá anexar Credencial vigente, (en caso de modificación de la Junta Directiva o que el Nombramiento no conste en la escritura de constitución), inscrita en el Registro de Comercio o Poder Especial, General, Judicial o Administrativo en original y fotocopia para ser confrontado o fotocopia certificada en su caso.
  4. Señalar teléfono y dirección de correo electrónico para recibir notificación de la opinión que al efecto emita la Administración Tributaria.

Formulario

N/A

Procedimiento General

Presentar escrito de consulta en el área de correspondencia, transcurrido el procedimiento legal dentro del plazo establecido, se emitirá la opición jurídica que corresponda en cuanto al caso planteado.

Emisor

Dirección General de Impuestos Internos

Unidad Organizativa Responsable

Departamento de Estudios Jurídicos

Persona responsable

Licda. Norma Elizabeth Cruz de Urquiza

Teléfono directo

2244-3553   y   2244-3554

Correo electrónico

norma.cruz@mh.gob.sv

Ubicación

Área de Correspondencia, situada en Centro de Atención Exprés Ex Bolerama Jardín, Condominio Tres Torres, Distrito de San Salvador, Municipio de San Salvador Centro, Departamento de San Salvador.

Tiempo de respuesta

El servicio consta de 2 etapas:

  1. Emisión de la opinión jurídica, que corresponde al Departamento de Estudios Jurídicos y cuenta con un plazo de 45 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la recepción de la petición; y
  2. Notificación de los actos emitidos que corresponde al Departamento de Notificaciones, en la que se cuenta con un plazo de 3 días hábiles contados a partir del día siguiente al de recibido en dicho Departamento.

Horario de atención

De Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m., sin cerrar al mediodía.

Costo por servicio

Gratuito.