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EN ES

Autorización de la cuota de alcohol a importar o adquirir a importadores empresas industriales farmacéuticas o laboratorios usuarios de alcohol etílico

Fecha de actualización

26 de abril 2021

Objetivo

Orientar a usuarios de alcohol etílico del procedimiento a seguir para la obtención de la cuota de alcohol a importar o adquirir

Base Legal

Articulo 45-B de la Ley Reguladora de la Producción y Comercialización del Alcohol y de las Bebidas Alcohólicas

Requisitos

Formulario Solicitud de Asignación y Autorización de Cuota de Alcohol Etílico a Importar o Adquirir, F-947, firmado por el Contribuyente, Representante Legal o Apoderado debidamente acreditado (si el trámite lo realiza tercera persona, deberá autenticar la firma del formulario).

Fotocopia simple del oficio vigente, emitido por el MINSAL.

Formulario

F-947 Solicitud de Asignación y Autorización de Cuota de Alcohol Etílico a Importar o Adquirir

Procedimiento General

  1. La cantidad solicitada debe coincidir con lo autorizado por el MINSAL.
  2. Para retirar la resolución, la persona autorizada deberá presentar fotocopia simple de DUI.

Emisor

Dirección General de Impuestos Internos, División de Control de Obligaciones Tributarias

Unidad organizativa responsable

Sección de Planes Extensivos, Departamento de Gestión Tributaria

Persona responsable

Egriselda del Rosario Escoto

Teléfono

2244-4109, 2244-4138 y 2244-4133

Correo electrónico

gestiontributaria@mh.gob.sv

Fax

No Aplica

Ubicación

Módulo 4, Sección de Planes Extensivos Ubicada en: Tercera Avenida Norte y Trece Calle Poniente, Número 207, Centro de Gobierno, Municipio y Departamento de San Salvador, El Salvador.

Tiempo de respuesta

Máximo 5 días

Horario de atención

De Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m.

Costo por servicio

Gratuito.