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Vencimiento de la Obligación relacionada con el Nombramiento de Auditor Fiscal para dictaminar el ejercicio 2022, y Dictamen e Informe Fiscal del ejercicio 2021

El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Impuestos Internos, informa a los Contribuyentes obligados a Dictaminarse Fiscalmente, y Auditores Fiscales, lo siguiente:

  • A los contribuyentes que, al 31 de diciembre de 2021, hayan cumplido con alguno de los requisitos económicos establecidos en el Art. 131 lits. a) o b) del Código Tributario y Art. 47 de la Ley de Servicios Internacionales, que el plazo para cumplir con la obligación de Nombrar Auditor Fiscal para el ejercicio 2022, vence el próximo 31 de mayo.
  • A los Auditores Fiscales nombrados conforme lo establece el Código Tributario o Ley de Servicios Internacionales, que el plazo para presentar el respectivo Dictamen e Informe Fiscal del ejercicio 2021, vence el próximo 31 de mayo.

Se les recuerda, que el Informe de Nombramiento de Auditor Fiscal (F-456), y el Dictamen e Informe Fiscal (F-455) deben ser presentados por medio del Sistema del Dictamen Fiscal en Línea, dentro de los plazos establecidos en los Arts. 131 y 134 del Código Tributario, respectivamente.

Respecto del Nombramiento de Auditor, le sugerimos tomar en cuenta lo siguiente:

  1. Haber suscrito el Contrato de Aceptación de Términos de los Servicios por Internet ante esta Administración Tributaria, solicitando el acceso al Sistema del Dictamen Fiscal (SDF).
  2. Crear el Equipo de Trabajo para el ejercicio 2022.
  3. Verificar que el Auditor Fiscal nombrado para dictaminar el ejercicio 2022, cuente con las credenciales y registro vigentes asignados por el Consejo de la Vigilancia de la Profesión de la Contaduría Pública y Auditoria.
  4. Poseer todos los datos que requiere la plataforma del Auditor Fiscal,  para personas jurídicas y personas naturales, según el caso.

En caso de dudas, se pone a disposición los números telefónicos 2244-3660 y 2244-3688, y el correo electrónico dictamen.fiscal@mh.gob.sv.

Los inconvenientes que se susciten relacionados con el uso del Sistema del Dictamen Fiscal, serán atendidos presencialmente con previa cita, en el Centro de Atención Exprés Central y Grandes Contribuyentes.