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Exención del IVA por Importación de Maquinaria
Fecha de modificación
23 de marzo de 2023
Objetivo
Registrar y autorizar la exención del IVA por importación de maquinaria a los contribuyentes del IVA
Base Legal
Literal h), del artículo 45, de la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios.
Requisitos
- Llenar original y tres copias de F-16-22. Instrucciones para llenar el formulario
- Adjuntar escrito dirigido al Director General de Impuestos Internos, debidamente firmado, el cual debe de consignar el nombre y generales del interesado, y en su caso, el nombre y generales de la persona que los represente, el número de registro de contribuyente, y el número de DUI o NIT según corresponda, Número de Teléfono fijo y Celular, Correo Electrónico del contribuyente, o Representante Legal o Apoderado (si el escrito no fuere presentado por el contribuyente, Representante Legal, o Apoderado en el caso de una persona jurídica, el escrito debe venir autenticado por Notario); asimismo, dicho escrito debe contener:
- Descripción del proceso de producción de la maquinaria.
- Indicar que la maquinaria será utilizada directamente en la producción de bienes y servicios gravados.
- Que será destinada a formar parte de su activo fijo.
- Que será maquinaria para incentivar la reconversión industrial.
- Deberá incluir, autorización de la tercera persona para realizar el trámite, en el caso que el firmante no presenta el escrito.
- El Representante Legal o Apoderado deberá acreditar la calidad con la que actúa, en caso de no haber actualizado dicha información.
- Factura Pro-forma de la compra de maquinaria la cual deberá contener:
- El valor de la maquinaria debe reflejarse a Valor FOB; pero en el caso, el proveedor consigne a Valor CIF, deberá de detallarse como está conformado, e indicando el valor FOB de la misma.
- Incluir marca y modelo.
- Si el precio está en moneda diferente al dólar, deberá agregar el tipo de cambio de moneda del día de la entrega formulario F-16-22. El tipo de cambio puede obtenerse de la página del Banco Central de Reserva de El Salvador.
- Lámina ilustrativa de la maquinaria a importar
- En caso que el trámite no fuere presentado por el Contribuyente, Representante Legal o Apoderado, deberá llenar la sección F. del formulario F-16-22, con los datos de la persona autorizada que realizará el trámite.
Original y fotocopia de DUI del Representante Legal y de la persona autorizada.
Formulario (s)
F-16-22
Procedimiento General
- Que al presentar el formulario F-16-22 debe hacerse, por lo menos 30 días antes de efectuar la importación.
- El importador debe tener certeza de la partida arancelaria de la maquinaria que detalla en el formulario F-16-22, para que no tengan inconvenientes al momento de tramitar la salida de la Maquinaria en la Dirección General de Aduanas.
- Durante el proceso de verificación puede ser requerida documentación e información adicional, según el caso.
Emisor
Dirección General de Impuestos Internos
Unidad organizativa responsable
Sección de Verificación Determinativa, Departamento de Gestión Tributaria-Dirección de Fiscalización-DGII
Persona responsable
Lic. Luis Ernesto Mendoza Flores
Teléfono
2244-3617; 2244-3532 y 2244-4134
Correo electrónico
gestiontributaria@mh.gob.sv
Ubicación
Tercera Avenida Norte y Trece Calle Poniente, Contiguo CLÍNICA EMPRESARIAL ISSS, frente al parqueo del Centro de Atención Exprés del Centro de Gobierno, San Salvador.
Tiempo de respuesta
3 días hábiles después de emitida la Resolución correspondiente; y en el caso que amerite estudio o análisis jurídico, se dará respuesta dentro de 5 días hábiles de emitida la Resolución, en la cual se hayan considerado las valoraciones del análisis jurídico realizado por la División Jurídica de esta Dirección General.
Horario de atención
Lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m., sin cerrar al mediodía
Costo por servicio
Gratuito.