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EN ES

Emisión resolución pago a plazo del impuesto sobre la renta ordinaria

Fecha de publicación

10 de enero de 2024

Objetivo

Facilitar al contribuyente el cumplimiento del pago del Impuesto sobre la Renta Ordinaria, proporcionándole Resolución de Pago a Plazo.

Base Legal

Código Tributario, Decreto Legislativo No.230 del 14 de diciembre de 2000, Publicado en el Diario Oficial No. 241, Tomo No.349 del 22 de diciembre de 2000.

Requisitos

  1. Requisitos persona natural:
    • Abonar el 10% o más del impuesto a pagar según declaración (No es obligatorio para asalariados puros).
    • Solicitud de Pago a Plazo Ordinaria, firmada por el Contribuyente o Apoderado.
    • Presentar DUI, Pasaporte o Carné de Residente del Contribuyente.
    • El trámite deberá hacerlo personalmente, por medio de Apoderado o por persona con Autorización autenticada.
  2. Requisitos persona jurídica:
    • Abonar el 10% o más del impuesto a pagar según declaración.
    • Solicitud de Pago a Plazo Ordinaria, firmada por el Representante Legal o Apoderado.
    • Presentar Credencial y punto de acta de elección del Representante Legal.
    • Presentar DUI o Pasaporte del Representante legal.
  3. Requisitos adicionales trámite realizado por apoderado o persona con autorización:
    • Apoderado: Presentar Poder original y DUI.
    • Autorizado: Presentar DUI y Autorización autenticada por Notario y dirigida a la Dirección General de Tesorería.


Formulario (s)

Solicitud de pago a plazo ordinario Impuesto sobre la Renta. Hacer clic aquí

Procedimiento General

Presentar solicitud pago a plazo ordinario del Impuesto sobre la Renta, se procede a revisar los requisitos, elaboración y pago del mandamiento del 10% del total del impuesto, registro en sistema, emisión y entrega resolución con mandamientos de ingreso correspondientes al plazo otorgado.

EmisorUnidad organizativa responsablePersona responsableTeléfono Directo
Dirección General de Tesorería, División de Cobro de Deudas Tributarias y Aduaneras, Departamento de Gestión de Cobro.Departamento de Gestión de Cobro.Verónica de la Paz Portillo MedinaPBX: 2244-3880, 2244-3298, 2244-3267 y 2244-3919
Dirección General de Tesorería, División de Cobro de Deudas Tributarias y Aduaneras, Oficina Regional de OrienteOficina Regional de OrienteWilfredo Josué Romero Segovia2600-6160 y 2600-6161
Dirección General de Tesorería, División de Cobro de Deudas Tributarias y Aduaneras, Oficina Regional de Occidente.Oficina Regional de OccidenteEdgar Wilfredo Obando Najarro y Silvia Dinora Monroy de Molina2489-6060 y 2489-6061

Correo electrónico

cobranzas.dgt@mh.gob.sv

Fax (si es necesario)

No aplica.

Ubicación

  • San Salvador
    • Urbanización Buenos Aires y Diagonal Centroamericana, Edificio Tres Torres, Torre 1, Planta Baja, Área de Colecturía Central y Alas B y C.
  • Santa Ana
    • Carretera Salida a Metapán, km. 67 contiguo a Penal de Apanteos.
  • San Miguel
    • 6ª Av. Norte, entre 2ª Calle Oriente y Calle Siramá.


Tiempo de respuesta

Dos horas aproximadamente, incluye tiempo para pago del 10% en Colecturía Central y en Colecturías de las Oficinas Regionales, esto dependerá de la afluencia de contribuyentes y de la cantidad de resoluciones a emitirse por solicitudes presentadas. En fecha de vencimiento de pago de obligaciones tributarias el tiempo de espera puede ser mayor.

Horario de atención

De lunes a viernes de 7:30 a. m. a 3:30 p. m., sin cerrar al mediodía.

Costo por servicio

Gratuito.