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Devolución de Garantías Aduanales en Efectivo
Fecha de actualización
10 de septiembre 2026
Objetivo
Atender las solicitudes de devolución de los montos depositados por los contribuyentes en concepto de garantías aduanales amparadas al régimen de importación temporal con re exportación en el mismo estado o importación definitiva.
Base Legal
• Código Aduanero Uniforme Centroamericano, Art. 54.
• Reglamento de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, Art.104.
• Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, Art. 71.
• Manual Técnico del Sistema de Administración Financiera (SAFI), Numeral 5 de la Norma C.2.7.3.
Requisitos
Si el beneficiario es Persona Natural:
- Resolución o Auto original en el que la Dirección General de Aduanas (DGA) ordena a la Dirección General de Tesorería (DGT) efectuar la devolución de fondos.
- Solicitud de devolución original en el formato que aplique DEV/GAE-01 o DEV/GAE-02.
- Documento de Identificación Personal Original. Salvadoreños: DUI. Extranjeros: Pasaporte, carné de residente o documento de identidad del país de origen, de la persona que realiza el trámite.
- Si el trámite lo realiza persona autorizada o apoderada del beneficiario, presentar: Autorización en formato DEV/GAE-01 o DEV/GAE-02 conforme aplique o Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial en original o fotocopia del mismo certificada por notario con firma y sello original y Documento de Identificación personal del beneficiario que lo autoriza en original, o en su defecto fotocopia simple de dicho documento. El poder especial, debe otorgar las facultades específicas para gestionar el trámite y retirar el cheque de Devolución de Garantías Aduanales en Efectivo, indicando el número de Auto o Resolución donde se ordena a la Dirección General de Tesorería efectuar la devolución.
Si el beneficiario es Persona Jurídica:
- Resolución o Auto original en el que la Dirección General de Aduanas (DGA) ordena a la Dirección General de Tesorería (DGT) efectuar la devolución de fondos.
- Solicitud de devolución original en el formato DEV/GAE-03.
- Documento de acreditación como Representante Legal o Apoderado (Representante Legal:presentar la credencial vigente inscrita en el Registro de Comercio, en original para confrontar o en su defecto fotocopia certificada por notario. Apoderado: Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial en Original o fotocopia certificada por notario con sello y firma original).
- Documento de Identificación Personal Original. Salvadoreños: DUI. Extranjeros: Pasaporte, carné de residente o documento de identidad del país de origen, de la persona que realiza el trámite.
- Si el trámite es efectuado por persona autorizada o apoderado, presentar autorización en formato DEV/GAE-03 o Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial en original o fotocopia del mismo certificada por notario con firma y sello original y Documento de Identificación personal del beneficiario que lo autoriza en original, o en su defecto fotocopia simple de dicho documento. El poder especial, debe otorgar las facultades específicas para gestionar el trámite y retirar el cheque de Devolución de Garantías Aduanales en Efectivo, indicando el número de Auto o Resolución donde se ordena a la Dirección General de Tesorería efectuar la devolución.
Si el trámite lo realiza Agente Aduanal, los requisitos son los siguientes:
- Resolución o Auto original en el que la Dirección General de Aduanas (DGA) ordene a la Dirección General de Tesorería (DGT) efectuar la devolución de fondos.
- Solicitud de devolución original en el Formato DEV/GAE-04.
- Documento de Identificación Personal Original. Salvadoreños: DUI. Extranjeros: Pasaporte, carné de residente o documento de identidad del país de origen, de la persona que realiza el trámite.
- Carné aduanal original de quien realiza el trámite.
- Si el trámite es efectuado por el Asistente Aduanal, presentar autorización en el formato DEV/GAE-04 en original, documento de identificación personal del beneficiario(persona natural) y del Agente Aduanal que lo autoriza, en original o en su defecto fotocopia simple del mismo y carné del Agente Aduanal original o en su defecto fotocopia simple del mismo.
Para todos los casos, si el interesado no presenta la Resolución o Auto en el que la DGA ordena a la DGT la devolución, deberá presentar:
• Fotocopia certificada por notario de Resolución de Aceptación del Régimen de Importación Temporal con reexportación en el mismo estado.
• Declaraciones de Mercancías en original, las cuales pueden ser por medio de los siguiente formularios conforme aplique:
a) DM-5 (Importación Temporal) con sello de cancelado de la Colecturía donde efectuó el depósito.
b) DM-3 (Re exportación) con sello de certificación original de la DGA y/o DM-4 (Importación definitiva) con sello de cancelado original de la colecturía donde efectuó el pago.
c) DUCA (Declaración Única Centroamericana) certificadas en original, por la autoridad aduanera correspondiente o Notas de Salida/Entrada de las DUCA, selladas y firmadas por la autoridad aduanal competente, en original (para confrontar) adjuntando las fotocopias de los formularios de DUCA correspondientes y fotocopia de los mandamientos de Ingreso por el pago de Garantía de DUCA y Pago de Declaración de Mercancía, con sello de cancelado de la Colecturía o Banco.
Notas:
• Para todos los trámites de Devolución de Fondos Ajenos, debe considerarse lo establecido en el Art.104 literal d, del Reglamento de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.
• El documento de identificación personal, debe estar vigente y en estado legible.
• Toda la documentación presentada debe estar legible, sin enmendaduras ni señales de alteración.
• Si el trámite lo realiza el Asistente Aduanal autorizado por el Agente Aduanal, la autorización no requiere certificación de notario debido a que es requisito haber registrado sello y firma previamente en la DGT.
• Si el apoderado presenta un Poder General que le faculte para presentar el trámite y retirar el cheque en la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda, éste podrá ser aceptado.
Formulario (s)
• DEV/GAE-01 Formato de Solicitud y Autorización para Trámite de Devolución de Garantías en Efectivo-Persona Natural.
• DEV/GAE-02 Formato de Solicitud y Autorización para Trámite de Devolución de Garantías en Efectivo- persona Natural-Extranjeros Domiciliados en El Salvador.
• DEV/GAE-03 Formato de Solicitud y Autorización para Trámite de Devolución de Garantías en Efectivo-Persona Jurídica.
• DEV/GAE-04 Formato de Solicitud y Autorización para Trámite de Devolución de Garantías en Efectivo- Agente Aduanal.
Procedimiento General
Presenta en Torre 1, Nivel 2, ala A; solicitud de devolución de montos, sus anexos y los requisitos establecidos, recibe contraseña de recepción de documentos, la cual deberá presentar para la entrega del cheque correspondiente.
Emisor
División de Fondos Ajenos en Custodia.
Unidad organizativa responsable
Depto. Fondos Especiales y en Depósito.
Persona responsable
Bryan Lemus
Teléfono Directo
2244-7231
Correo electrónico
[email protected]
Fax
N/A
Ubicación
San Salvador
Oficina Central: Urbanización Buenos Aires, Avenida Alvarado y Diagonal Centroamérica. Condominio Tres Torres, Torre 1, Nivel 2, Ala «A», San Salvador, San Salvador Centro, San Salvador
Tiempo de respuesta
5 días hábiles después de entregada la contraseña (si el interesado cumple totalmente con los requisitos establecidos).
Horario de atención
Lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m. (sin cerrar a mediodía).
Costo por servicio
Gratuito.