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Devolución de Garantías Aduanales en Efectivo

Fecha de actualización

18 de febrero 2026

Objetivo

Atender las solicitudes de devolución de los montos depositados por los contribuyentes en concepto de garantías aduanales amparadas al régimen de importación temporal con re exportación en el mismo estado o importación definitiva.

Base Legal

• Código Aduanero Uniforme Centroamericano, Art. 54.
• Reglamento de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, Art.104.
• Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, Art. 71.
• Manual Técnico del Sistema de Administración Financiera (SAFI), Numeral 5 de la Norma C.2.7.3.

Requisitos

Si el beneficiario es Persona Natural:

  1. Resolución o Auto original en el que la Dirección General de Aduanas (DGA) ordena a la Dirección General de Tesorería (DGT) efectuar la devolución de fondos.
  2. Solicitud de devolución original en el formato que aplique DEV/GAE-01 o DEV/GAE-02.
  3. Documento de Identificación Personal Original. Salvadoreños: DUI. Extranjeros: Pasaporte, carné de residente o documento de identidad del país de origen, de la persona que realiza el trámite.
  4. Si el trámite lo realiza persona autorizada o apoderada del beneficiario, presentar: Autorización en formato que aplique DEV/GAE-01 o DEV/GAE-02 o fotocopia de Testimonio de Escritura Pública de Poder certificado por notario con firma y sello original y fotocopia del documento de identificación personal del beneficiario.

Si el beneficiario es Persona Jurídica:

  1. Resolución o Auto original en el que la Dirección General de Aduanas (DGA) ordena a la Dirección General de Tesorería (DGT) efectuar la devolución de fondos.
  2. Solicitud de devolución original en el formato DEV/GAE-03.
  3. Documento de acreditación como Representante Legal o Apoderado (Representante Legal: fotocopia certificada por notario de credencial vigente inscrita en el Registro de Comercio, Apoderado: Testimonio de Escritura Pública de Poder en original o fotocopia de poder con certificación de notario en original).
  4. Documento de Identificación Personal Original. Salvadoreños: DUI. Extranjeros: Pasaporte, carné de residente o documento de identidad del país de origen, de la persona que realiza el trámite.
  5. Si el trámite es efectuado por persona autorizada o apoderado, presentar autorización en formato DEV/FAE-03 o fotocopia de Testimonio de Escritura Pública de Poder certificado por notario con firma y sello original y fotocopia del documento de identificación personal de quien autoriza.

Si el trámite lo realiza Agente Aduanal, los requisitos son los siguientes:

  1. Resolución o Auto original en el que la Dirección General de Aduanas (DGA) ordene a la Dirección General de Tesorería (DGT) efectuar la devolución de fondos.
  2. Solicitud de devolución original en el Formato DEV/GAE-04.
  3. Documento de Identificación Personal Original. Salvadoreños: DUI. Extranjeros: Pasaporte, carné de residente o documento de identidad del país de origen, de la persona que realiza el trámite.
  4. Carné aduanal original de quien realiza el trámite.
  5. Si el trámite es efectuado por el Asistente Aduanal, presentar autorización en el formato DEV/GAE-04, fotocopia del documento de identificación del beneficiario, Representante Legal o Apoderado según aplique y del Agente Aduanal que lo autoriza y fotocopia de carnet del Agente Aduanal.

Para todos los casos, si el interesado no presenta la Resolución o Auto en el que la DGA ordena a la DGT la devolución, deberá presentar:
• Fotocopia certificada por notario de Resolución de Aceptación del Régimen de Importación Temporal con reexportación en el mismo estado.
• Declaraciones de Mercancías en original, las cuales pueden ser por medio de los siguiente formularios conforme aplique:
a) DM-5 (Importación Temporal) con sello de cancelado de la Colecturía donde efectuó el depósito y DM-3 (Re exportación) con sello de certificación original de la DGA y/o DM-4 (Importación definitiva) con sello de cancelado original de la colecturía donde efectuó el pago.
b) DUCA (Declaración Única Centroamericana) certificadas en original, por la autoridad aduanera correspondiente o Notas de Salida/Entrada de las DUCA, selladas y firmadas por la autoridad aduanal competente, en original (para confrontar) adjuntando las fotocopias de los formularios de DUCA correspondientes y fotocopia de los mandamientos de Ingreso por el pago de Garantía de DUCA y Pago de Declaración de Mercancía, con sello de cancelado de la Colecturía o Banco.

Notas:
• Para todos los trámites de Devolución de Fondos Ajenos, debe considerarse lo establecido en el Art.104 literal d, del Reglamento de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.
• El documento de identificación personal, debe estar vigente y en estado legible. Cuando aplique presentación de fotocopia del mismo, ampliada al 150%.
• Toda la documentación presentada debe estar legible, sin enmendaduras ni señales de alteración.
• Si el trámite lo realiza el Asistente Aduanal autorizado por el Agente Aduanal, la autorización no requiere certificación de notario debido a que es requisito haber registrado sello y firma previamente en la DGT.

Formulario (s)

Procedimiento General

Presenta en Torre 1, Nivel 2, ala A;  solicitud de devolución de montos, sus anexos y los requisitos establecidos, recibe contraseña de recepción de documentos, la cual deberá presentar para la  entrega del cheque correspondiente.

Emisor

División de Fondos Ajenos en Custodia.

Unidad organizativa responsable

Depto. Fondos Especiales y en Depósito.

Persona responsable

Bryan Lemus

Teléfono Directo

2244-7231

Correo electrónico

[email protected]

Fax

N/A

Ubicación

San Salvador

Oficina Central: Urbanización Buenos Aires, Avenida Alvarado y Diagonal Centroamérica. Condominio Tres Torres, Torre 1, Nivel 2, Ala «A», San Salvador, San Salvador Centro, San Salvador

Tiempo de respuesta

5 días hábiles después de entregada la contraseña (si el interesado cumple totalmente con los requisitos establecidos).

Horario de atención

Lunes a viernes de 7:30 a.m.  a 3:30 p.m. (sin cerrar a mediodía).

Costo por servicio

Gratuito.