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EN ES

Autorización de uso, retiro, traslado, traslado temporal, modificación o reemplazo de software de máquina registradora o sistema computarizado en línea

Fecha de actualización

19 de noviembre de 2020

Objetivo

Atender las diferentes peticiones relacionadas con máquinas registradoras y sistemas computarizados, así como emitir y entregar a los usuarios la respectiva Resolución y/o cartel cuando corresponda, a través del portal WEB del Ministerio de Hacienda

Base Legal

Código Tributario y su Reglamento de Aplicación

Requisitos

Autorización de uso de Máquina Registradora, Sistema Computarizado, cinta de auditoría electrónica o bitácora y emisión de documentos pre-impresos.

  1. Firmar el contrato de Aceptación de Términos de Registro de Servicios por Internet de la DGII,
  2. Contar con dato de número de máquina, marca, modelo y serie del servidor y equipo a autorizar; el número de máquina lo establecerá el contribuyente (máximo 4 dígitos numéricos), la serie al igual que marca y modelo deberá ser en base al comprobante de crédito fiscal, declaración de mercancías, formulario aduanero u otro documento legal que respalde su adquisición o derecho de uso.
  3. En caso de autorización de Sistema Computarizado para rellenar el campo Software, deberá ser en base al comprobante de crédito fiscal por la compra o su derecho de uso, Declaración de Mercancías, Formulario Aduanero o del mandamiento de pago si es importado. Si el Software es desarrollo propio debe colocarse dicha aclaración a continuación de su nombre.

Autorización de retiro, traslado o traslado temporal de máquina registradora o sistema computarizado, autorización de modificación o reemplazo de Software.

  1. Firmar el contrato de Aceptación de Términos de Registro de Servicios por Internet de la DGII.
  2. Para rellenar el campo Software; en modificación o reemplazo de Software deberá ser en base al comprobante de crédito fiscal por la compra o su derecho de uso, Declaración de Mercancías, Formulario Aduanero o del mandamiento de pago si es importado, u otro documento legal que respalde la propiedad del nuevo software. Si el Software es desarrollo propio debe colocarse dicha aclaración a continuación de su nombre.

Formulario

No Aplica

Procedimiento General

Las personas naturales o jurídicas deberán de autenticarse con su NIT y clave, haciendo clic en el icono Solicitudes y Peticiones de los servicios con clave y luego en el ícono Autorización de Máquina Registradora, posteriormente debe seleccionar opción Máquinas Registradoras (equipos diseñados únicamente para tal fin) o Sistemas Computarizados (computadora de escritorio con CPU o similar que implique la utilización de software o aplicativo informático para emitir tiquetes u otros documentos preimpresos si es el caso) y se le habilitaran las opciones con sus respectivas ventanas para que pueda realizar la solicitud según corresponda.

Emisor

Dirección General de Impuestos Internos

Unidad organizativa responsable

Sección Administración de Registro y Asistencia de Contribuyente

Persona responsable

Maritza Elizabeth Ortiz Mártir

Teléfono

2244-3444

Correo electrónico

asistenciadgii@mh.gob.sv

Fax

No Aplica

Ubicación

Sección Administración de Registro y Asistencia de Contribuyente Diagonal Centroamérica y Avenida Alvarado No. 4, Ex Bolerama Jardín, contiguo a Edificio Tres Torres, San Salvador. Teléfono: 2244-3444

Tiempo de respuesta

En el momento

Horario de atención

A través de la plataforma WEB, 7 días de la semana, las 24 horas del día.

Costo por servicio

Gratuito.