Actualizado: 7 de julio de 2025.
Objetivo:
Gestionar el acceso a la información que establece la Ley de Acceso a la Información Pública administrada por el Ministerio de Hacienda.
Base Legal:
Requisitos:
La solicitud deberá realizarse por medio de escrito simple o utilizando el formulario desolicitud de información.
Es necesario identificarse presentando los siguientes documentos según aplique:
En el caso de personas jurídicas el representante legal o el apoderado deberá acreditar la calidad con la que actúa, adjuntando copia certificada por notario de los documentos.
En los casos que la persona natural nombre apoderado para realizar la solicitud, deberá adjuntar a la solicitud copia certificada por notario del poder que lo acredite a realizar dicha gestión.
En el caso del padre, madre o tutores de una niña, niño o adolescente, deberá presentar documento que acredite la calidad en la que actúa.
Si la solicitud es presentada por un tercero que no sea apoderado, deberá autenticarse la firma del solicitante por notario; asimismo, deberán estar certificados por notario las copias de los documentos que presente.
Si la solicitud la realiza por correo electrónico, deberá enviar en archivo adjunto el formulario o escrito escaneado dónde se refleje la firma autógrafa o la huella digital del
peticionante. Además, deberá adjuntar copia legible de ambos lados del documento de identidad.
Formulario (s):
Procedimiento General:
La persona solicitante deberá presentar de forma física o por correo electrónico, el formulario o escrito solicitando el acceso a la información pública, pudiéndose identificar por medio de DUI, Pasaporte, carnet de residente y en el caso de niñas, niños o adolescentes podrán presentar carnet de minoridad, carnet de estudiante o cualquier otro documento con foto emitido por institución pública o privada.
Recibido el formulario de solicitud de información o escrito simple se verifica si cumple con los requisitos establecidos en el artículo 66 de la Ley de Acceso a la Información Pública y 54 del RELAIP para gestionar el trámite.
Dependiendo del caso, se puede requerir información adicional que sea indispensable para tramitar la petición.
Emisor: Unidades Administrativas del Ministerio de Hacienda.
Concepto | Institucional |
Unidad organizativa responsable | Unidad de Acceso a la Información Pública del Ministerio de Hacienda. |
Persona responsable | Licda. Dorian Georgina Flores González. |
Teléfono | 2237-3466 |
Correo electrónico | oficialdeinformacion@mh.gob.sv |
Ubicación | Boulevard de Los Héroes, edificio anexo a Secretaría de Estado, planta baja, del Ministerio de Hacienda. |
Horario de atención | De lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m. Horario continuo. |
Tiempo de respuesta:
Si la información ha sido generada en los últimos 5 años, el tiempo de respuesta es de 10 días hábiles (no incluye fines de semana, vacaciones ni asuetos).
Si la información excede los 5 años de haber sido generada, el tiempo de respuesta es de 20 días hábiles (no incluye fines de semana, vacaciones ni asuetos), pudiendo prorrogarse este plazo por causas justificadas con base al art. 71 inciso segundo de la LAIP.
Costo por servicio:
Fotocopia simple, certificada o impresión en blanco y negro, tamaño carta y oficio $0.04 centavos de dólar.
*Envío de correspondencia, según las tarifas establecidas por Correos de El Salvador.