LAGUNAS LEGALES (ESCUDOS FISCALES). La ley no siempre contiene normas que puedan ser aplicables a determinados casos o problemas de hecho. En otros términos, existen problemas que no pueden ser subsumidos en una norma legal. A esa imprevisión, o a ese silencio de las leyes, es a lo que se le llama lagunas legales o escudos fiscales. Ausencia de norma legal aplicable a una situación determinada.
LEGAL. Ajustado a la Ley, y por ello lícito, permitido por Derecho.
LEPSIA: Ley Especial para Sancionar Infracciones Aduaneras.
LETRAS DEL TESORO. Conocidas comúnmente como LETES, son títulos (papeles) de deuda que emite el Ministerio de Hacienda para obtener efectivo de inmediato y que, normalmente a un año máximo, devolverá a quien la compró lo que pagó por ella, más el interés que se comprometió a pagar.
Valores negociables que emite el Ministerio de Hacienda para subsanar deficiencias temporales de la Caja del Tesoro Público (Pág. 64 R. Ley AFI).
LEVANTE AUTOMÁTICO: Acto mediante el cual la autoridad aduanera permite a los declarantes disponer libremente de las mercancías que han sido objeto de despacho aduanero.
LEY ADMINISTRATIVA. Es la ley relativa a la organización del órgano Ejecutivo, al funcionamiento de sus órganos y a los servicios públicos. Es bastante habitual que tales disposiciones no sean leyes estrictas, provenientes del órgano Legislativo, sino decretos, órdenes, reglamentos, ordenanzas y bandos de las propias autoridades administrativas, pero de igual imperio general, en cuanto a vigencia y eficacia.
LEY DE PRESUPUESTO. Es aquella en la cual se fijan las cantidades máximas y los propósitos en que pueden gastarse los fondos públicos, durante el ejercicio del presupuesto por el Gobierno de la República y por las Instituciones, Empresas y Entidades del Sector Público, Comprenderá así mismo la estimación de los recursos con los cuales se hará frente a los gastos y disposiciones de carácter general (Pág. 61 R. Ley AFI).
LEY. Es toda norma jurídica reguladora de los actos y de las relaciones humanas, aplicables en determinado tiempo y lugar. Dentro de ese concepto, será ley todo precepto dictado por autoridad competente, mandando o prohibiendo una cosa en consonancia con la justicia y para el bien de los ciudadanos.
LIBRE GESTIÓN. Es el procedimiento por el que las instituciones adquieren bienes o servicios relativos a sus necesidades ordinarias, disponibles al público en almacenes, fábricas o centros comerciales, nacionales o internacionales. / Procedimiento que se aplica también a la contratación de obras y consultores individuales cuyo valor no exceda de ochenta (80) salarios mínimos urbanos (Art. 68 Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública).
LICITACIÓN PÚBLICA. La Licitación Pública es el procedimiento por cuyo medio se promueve competencia, invitando públicamente a todas las personas naturales o jurídicas interesadas en proporcionar obras, bienes y servicios que no fueren los de consultoría (Art. 59 Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública).
LIQUIDACIÓN DE OFICIO. Determinación por parte de la Administración Tributaria de la obligación tributaria sustantiva, sea porque se omitirá hacerlo por el contribuyente o porque lo declarado es incorrecto, inexacto o incompleto, conforme a lo establecido por la Ley. / Para Gullianni Fonrouge es la etapa final del proceso de determinación y es la cuenta que lo resume y exterioriza. / Para Héctor Villegas es el acto o conjunto de actos dirigidos a precisar en cada caso particular si existe una deuda tributaria (an debeatur) quien es el obligado a pagar (sujeto pasivo) y el importe de la deuda (quantum debeatur).
LIQUIDACIÓN OFICIOSA: acto por medio del cual la Autoridad Aduanera competente envestida de sus facultades legales determina el monto de los tributos originarios o complementarios que no fueron pagados en su oportunidad por el sujeto pasivo, mediante resolución debidamente fundada resultante de la depuración del proceso administrativo; como consecuencia de sus facultades de verificación inmediata o fiscalización a posteriori.
LIQUIDACIÓN ORDINARIA U OFICIOSA: Es la determinación de las obligaciones Aduaneras efectuadas por la Autoridad Aduanera por las que se fijan y pagan los tributos exigibles y se cumplen las demás obligaciones necesarias para la autorización de un Régimen Aduanero,
LITERATURA TÉCNICA: Información documental que detalla las características técnicas de las mercancías, el uso o función principal de las mismas.