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Trámite para el pago del Seguro de Vida a los beneficiarios de Empleados del Gobierno Central e Instituciones Descentralizada que no están amparadas por seguro con asignaciones especiales en sus respectivos presupuestos

Actualizado al

03 de julio de 2025

Objetivo

Dar cumplimiento a la Normativa establecida para el Pago del Seguro Colectivo de Vida a los Beneficiarios de los Empleados Públicos fallecidos, bajo la responsabilidad directa del Estado a través el Ministerio de Hacienda.

Base Legal

  • Artículo 110 de las Disposiciones Generales de Presupuesto Instructivo 5080/2010 Normas y Procedimientos para el Pago de Seguro Colectivo de Vida a los beneficiarios de los Empleados Públicos.

Requisitos

DOCUMENTOS DEL ASEGURADO:

  1. Certificado del Seguro de Vida.
  2. Certificado de Partida de Nacimiento (original y reciente 3 meses).
  3. Partida de Defunción (original y reciente 3 meses).
  4. Constancia de Trabajo de la Oficina donde laboró hasta la fecha de su fallecimiento. (original y reciente)
  5. Declaratoria de Herederos en el caso de no contar con el Certificado del Seguro de Vida.

DOCUMENTOS DEL BENEFICIARIO:

  1. Certificado de Partida de Nacimiento de los menores de edad (original y reciente 6 meses).
  2. DUI del Representante Legal que ejerce la Autoridad Parental.
  3. Certificado de Tutoría o Curaduría (original y copia).
  4. DUI Y NIT de los beneficiarios. 

Formulario (s)

N/A

Procedimiento General

1. Beneficiario o persona delegada se presenta con documentación al Departamento de Bienestar Laboral para realizar tramite.

2. Posteriormente de realizado el tramite respectivo, la Pagaduría de Bienes y Servicios es el responsable de hacer efectivo el pago.

Emisor

Departamento de Bienestar Laboral

Unidad organizativa responsable

Departamento de Bienestar Laboral para el tramite.

Persona responsable

Zulma Janeth Saravia

Teléfono Directo

2244-3457

Correo electrónico

[email protected]

Fax

N/A

Ubicación

Boulevard de Los Héroes, No. 1231, Edificio Secretaría de Estado Ministerio de Hacienda.

Tiempo de respuesta

Tres días hábiles para la revisión de la documentación presentada para el trámite y hasta tres meses para el pago del mismo.

Horario de atención

7:30 a.m. a 12.00 m. y 12:40 p.m. a 3:30 p.m

Costo por servicio

Gratis