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Registro de Usuario, Cambio de Correo y Clave para acceder a los servicios en línea de la Dirección General de Impuestos Internos
Fecha de modificación
09 de mayo 2023
Objetivo
Realizar el registro, cambio de correo y clave para que los contribuyentes puedan realizar sus trámites por internet, facilitándoles el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias
Base Legal
Art. 3 de la Ley Orgánica de la Dirección General de Impuestos Internos, Decreto Legislativo 451 del 22 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial No. 56, Tomo No. 306, del 7 de marzo de 1990
Requisitos
Registro en línea Persona Natural
- NIT del Contribuyente
- DUI para salvadoreños, Carnet de Residencia para Extranjeros
- NRC Número de Registro de Contribuyente
- Correo Electrónico
- Número de Folio declaración Renta, IVA o Pago a Cuenta (máximo 10 años de antigüedad)
- Constancia de Retención de Renta del año a declarar, aplica para Personas Naturales (máximo 5 años de antigüedad)
Registro en línea Personas Jurídicas
- NIT del Contribuyente
- NRC Número de Registro de Contribuyente
- Correo Electrónico
- NIT del Representante Legal
- DUI del Representante Legal para salvadoreños, Carnet de Residencia para Extranjeros
- Número de Folio declaración Renta, IVA o Pago a Cuenta, aplica para (máximo 10 años de antigüedad)
Cambio de Correo en línea
Aplica para persona natural no inscritas en IVA
- NIT del Contribuyente
- Dui del Contribuyente
- Número de folio de una declaración de Impuestos sobre la Renta previamente presentada y el valor de la casilla 310 colocada dentro de la declaración (máximo 10 años de antigüedad) o el NIT de la empresa detallado en su constancia de Renta y el impuesto retenido detallado en la constancia (máximo 5 años de antigüedad).
- Correo electrónico
Cambio de Clave en línea
- NIT del contribuyente
- Correo electrónico registrado
Registro de Usuario o Cambio de Correo Presencial
Aplica para todos aquellos contribuyentes Personas Naturales y Jurídicas, que no posean los requisitos detallados anteriormente o que deseen habilitación de opciones vinculadas a la recepción de la Aceptación de Términos de Registro de Servicios por Internet.
- La Aceptación de Términos de Registro de Servicios por Internet, Asignación de Roles y Cambio de Correo de la Dirección General de Impuestos Internos, deberá presentarse en original y copia, firmada por el contribuyente/Representante Legal/Apoderado en caso de no comparecer deberá presentarlo con firma autenticada ante notario
- Presentar original y fotocopia de DUI del Contribuyente, Representante Legal y Apoderado (en caso de Extranjeros pasaporte/carnet de residencia)
- Si firma el Representante Legal o Apoderado éste deberá estar registrado y activo en el Registro Único de Contribuyentes (RUC).
- Si firma un Apoderado y no se encuentra registrado en el RUC, este deberá presentar Original y fotocopia de Poder: General Administrativo, General con cláusula especial, General Judicial y Administrativo, General Judicial y Administrativo con cláusula especial; Poder Especial, Poder específico para actuar ante la Administración Tributaria, que contengan facultades para realizar trámites en representación del poderdante ante el Gobierno, el Estado, la Administración Tributaria o cualquier Institución u Oficina Pública.- Ver Circular Nº 03/2011 de fecha 6 de diciembre de 2011. Si el Poder es elaborado por Notario extranjero debe estar autenticado por la autoridad competente (apostilla).
- Si el trámite lo realiza una persona autorizada, adicional a los requisitos anteriores, deberá presentar anexo a la Aceptación de Términos de Registro de Servicios por Internet, el formato de nota de autorización a terceros para servicios por internet, en original y copia, firmada por el contribuyente/Representante Legal/Apoderado con firma autenticada ante notario.
- La Persona Autorizada deber identificarse con el DUI al momento de realizar el trámite y presentar fotocopia
Importante:
- Todos los documentos solicitados deben estar vigentes y legibles, inclusive las fotocopias
- Si no presenta documentos originales, debe presentar en su defecto fotocopias certificadas.
- Para los documentos otorgados en el extranjero, deberá presentar el documento original, certificado por la autoridad competente (Apostilla) y si estos están en un idioma diferente al español, deberá de presentar también las diligencias de traducción de dicho documento
Registro de usuario Presencial como Notario autorizado para la presentación del F09 Declaración de Impuesto a la Transferencias de Bienes Raíces
Aplica para aquellos contribuyentes Personas Naturales, que deseen la habilitación como Notario Autorizado para la presentación de la Declaración del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Raíces F09.
- La Aceptación de Términos de Registro de Servicios por Internet, Asignación de Roles y Cambio de Correo de la Dirección General de Impuestos Internos, deberá presentarse en original y copia, firmada por el contribuyente /Apoderado en caso de no comparecer deberá presentarlo con firma autenticada.
- Presentar original y fotocopia de DUI del Contribuyente y/o Apoderado
- Si firma el Apoderado éste deberá estar registrado y activo en el Registro Único de Contribuyentes (RUC).
- Si firma un Apoderado y no se encuentra registrado en el RUC, este deberá presentar Original y fotocopia de Poder: General Administrativo, General con cláusula especial, General Judicial y Administrativo, General Judicial y Administrativo con cláusula especial; Poder Especial, Poder específico para actuar ante la Administración Tributaria, que contengan facultades para realizar trámites en representación del poderdante ante el Gobierno, el Estado, la Administración Tributaria o cualquier Institución u Oficina Pública.- Ver Circular Nº 03/2011 de fecha 6 de diciembre de 2011. Si el Poder es elaborado por Notario extranjero debe estar autenticado por la autoridad competente (apostilla).
- Si el trámite lo realiza una persona autorizada, adicional a los requisitos anteriores, deberá presentar anexo a la Aceptación de Términos de Registro de Servicios por Internet , el formato de nota de autorización a terceros para servicios por internet, en original y copia, firmada por el contribuyente y/o Apoderado con firma autenticada ante notario.
- La Persona Autorizada deber identificarse con el DUI al momento de realizar el trámite y presentar fotocopia
- Original y Copia del Acuerdo de autorización de Notario emitido por Corte Suprema de Justicia publicado en el Diario Oficinal.
Importante:
- Todos los documentos solicitados deben estar vigentes y legibles, inclusive las fotocopias
- Si no presenta documentos originales, debe presentar en su defecto fotocopias certificadas.
Formulario (s)
Procedimiento General
Registro en línea
- Ingrese al Portal de Servicios en Línea https://portaldgii.mh.gob.sv/ssc/home
- Seleccione la opción Registrate
- Ingrese los datos que se le solicitan,
- Se le solicitará una clave para ingresar, esta debe poseer letras y números y su longitud debe ser entre 8 y 25 caracteres.
Cambio de Correo en línea
Aplica para persona natural no inscrita en IVA
- Ingrese al portal de servicios en línea https://portaldgii.mh.gob.sv/ssc/home
- De clic a Servicios con Clave, se desplegará la pantalla de logeo
- Seleccione la opción cambio de correo
- Digite su NIT, a continuación, le solicitará la siguiente información:
- DUI
- Debe elegir entre: Ingresar el número de folio de una declaración de renta previamente presentada y el valor de la casilla 310 colocada dentro de la declaración o el NIT de la empresa detallado en su constancia de Renta y el impuesto retenido detallado en la constancia.
- Nuevo correo, presione el botón continuar, se le solicitará una confirmación del correo electrónico nuevo
- Una vez confirmado el correo le pregunta si desea actualizar la clave de inmediato le aparece la pantalla para ingresar el NIT y correo que acaba de registrar.
- Recibirá un correo de nuestro servidor con un enlace seguro para el cambio de clave, de clic al enlace y en seguida se mostrará la pantalla para colocar la nueva clave coloque la clave que utilizará para ingresar al portal debe contener entre 8 y 25 caracteres (letras y números) presione el botón aceptar cambio de clave
Cambio de Clave en línea
- Ingresa al dominio servicios con clave http://portaldgii.mh.gob.sv/ssc/home
- Hace clic en cualquier servicio con clave
- Hace clic en la opción Cambio de Clave
- Digite el NIT del contribuyente
- Coloque el correo electrónico registrado
- Recibirá un correo de nuestro servidor con un enlace seguro para en cambio de clave, de clic al enlace
- A continuación, se le solicita Nueva Clave y Confirmación de Clave (coloque la clave que utilizará para ingresar al portal debe contener entre 8 y 25 caracteres letras y números) presione el botón aceptar cambio de clave.
- Registro de usuario, cambio de correo Persona Natural inscrita a IVA y Jurídicas,
- presencial
- Presentar la Aceptación de Términos de Registro de Servicios por Internet, Asignación de Roles y Cambio de Correo de la Dirección General de Impuestos Internos, en el Centro de Atención Express más cercano
- Adjuntar Autorización a terceros si aplica
Emisor
Dirección General de Impuestos Internos
Unidad organizativa responsable
Centro de Atención Exprés Central y Grandes Contribuyentes
Persona responsable
Tránsito Alexander Recinos Mejía
Teléfono
2244-3444
Correo electrónico
declaracioninternet@mh.gob.sv
Fax
No Aplica
Ubicación
- Centro de Atención Exprés Central y Grandes Contribuyentes, Diagonal Centroamérica y Avenida Alvarado No. 4, Ex Bolerama Jardín, contiguo a Edificio Tres Torres, San Salvador
- Centro de Atención Exprés Centro de Gobierno, 13 Calle Poniente y 3a. Av. Norte No. 207, Centro de Gobierno
- Centro de Atención Exprés La Mascota, Sobre Calle La Mascota No. 144, a 150 metros de la Alameda Manuel Enrique Araujo, San Salvador
- Centro de Atención Exprés Soyapango, Urb. Industrial San Pablo, Calle L-1, No. 15, Soyapango.
- Centro de Atención Exprés La Libertad, Centro Comercial Las Cascadas, Local 130-B, Antiguo Cuscatlán, La Libertad
- Centro de Atención Exprés Santa Ana, Kilómetro 67 Carretera a Metapán, Contiguo a Penal de Apanteos, Municipio y Departamento de Santa Ana.
- Centro de Atención Exprés San Miguel, 6a. Av. Norte, entre C. Sirama y 2a. C. Ote., San Miguel
- Centro de Atención Exprés Ahuachapán, Avenida Francisco Menéndez Norte, Calle Gerardo Barrios # 1-2, Ahuachapán.
- Centro de Atención Exprés Cabañas, Av. Libertad, Barrio Los Remedios, Contiguo a DUICENTRO y frente a Destacamento Militar Nº. 2, Sensuntepeque, Cabañas.
- Centro de Atención Exprés Morazán, 3a. Calle Poniente y 3a. Av. Sur, Barrio El Centro, Centro de Gobierno, San Francisco Gotera, Morazán.
- Centro de Atención Exprés Usulután, Final 3a. C. Pte., No.25, Usulután.
- Centro de Atención Exprés La Unión, Barrio El Centro, 3ª.av. Norte, Calle a los Coquitos, Antiguo local de la Administración de Rentas, La Unión.
- Centro de Atención Exprés Cuscatlán, Calle Francisco López y 6a. Avenida Sur, No. 1, Cojutepeque, Cuscatlán
- Centro de Atención Exprés La Paz Carretera antigua del Litoral, Km 57 y Final 5ª avenida Sur, Barrio San José Zacatecoluca, La Paz
- Centro de Atención Exprés San Vicente, 1ª. Calle Poniente y 3ª. Av. Norte, No. 11, Ciudad y Departamento de San Vicente.
- Centro de Atención Exprés Chalatenango, Placita El Tesoro, Barrio El Centro, 4ta Calle Poniente y Avenida Luciano Morales, Chalatenango.
- Centro de Atención Exprés Sonsonate, Centro Comercial Modelo Edificio 2B, locales 24 y 25, Paseo 15 de septiembre, Sonsonate.
Tiempo de respuesta
1 día hábil
Horario de atención
Lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m., sin cerrar al mediodía
Costo por servicio
Gratuito.