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Emisión de Quedan a Proveedores de bienes y servicios del Ministerio de Hacienda

Fecha de Publicación:

24 de septiembre de 2024

Objetivo:

Emitir de forma oportuna los Quedan a los proveedores de bienes y servicios, previo cumplimiento de requisitos legales y técnicos aplicables.

Base Legal:

  • Código Tributario, Decreto Legislativo No. 230 del 14 de diciembre de 2000, Publicado en el Diario Oficial No. 241, Tomo No. 349 del 22 de diciembre de 2000.
  • Reforma al Código Tributario, Decreto No. 487 del 30 de agosto de 2022, Publicado en el Diario Oficial No. 175, Tomo No. 436 del 20 de septiembre de 2022.
  • Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, Decreto Legislativo No. 868 del 5 de abril de 2000, Publicado en Diario Oficial No. 88, Tomo No. 347 del 15 de mayo del 2000.
  • Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, Decreto Ejecutivo No. 53 del 10 de abril de 2013, Publicado en Diario Oficial No. 71, Tomo No. 399 del 19 de abril del 2013.
  • Ley de Bolsas de Productos y Servicios, Decreto Legislativo No. 33 del 19 de junio de 1997, Publicado en el Diario Oficial No. 144, Tomo No. 336 del 08 de agosto de 1997.
  • Manual de Procesos para la Ejecución Presupuestaria, Acuerdo Ejecutivo N° 2123 de fecha 23 de diciembre de 2003.
  • Código de Comercio, Decreto Legislativo No. 671 del 8 de mayo de 1970, Publicado en el Diario Oficial No. 140, Tomo No. 228 del 31 de julio de 1970.
  • Ley de Procedimientos Administrativos, Decreto Legislativo No. 856 del 15 de diciembre de 2017, Publicado en el Diario Oficial No. 30, Tomo No. 418 del 13 de febrero de 2018.
  • Ley de Compras Públicas, Decreto legislativo No. 652 del 25 de enero de 2023 publicado en Diario Oficial No. 43, Tomo No 438 del 02 de marzo de 2023.
  • Reglamento de la Ley de Compras Públicas, Decreto legislativo No. 1 del 17 de enero de 2024, Publicado en el Diario Oficial No. 12, Tomo No. 442 del 18 de enero de 2024.

Requisitos: 

  • Factura de Consumidor Final (Duplicado), Comprobante de Crédito Fiscal (Original y Triplicado) o Recibo, en caso sujeto excluido.
  • Acta de Recepción, según corresponda de conformidad a los términos del Contrato u Orden de Compra.
  • Declaración Jurada de Cuenta Bancaria (aplica a proveedores que no han cumplido previamente con este requisito).

Consultar Guías

Guía Emisión de Facturas  Aquí

Guía Emisión Facturas Electrónicas  Aquí

Formulario (s): 

Declaración jurada de cuenta bancaria

Procedimiento General:

  1. El proveedor de bienes y/o servicios debe presentar la documentación detallada en el apartado de requisitos.
  2. Si la documentación presentada es conforme a la normativa legal y técnica aplicable se procede con la emisión del Quedan, caso contrario se emite Hoja de Observaciones.
  3. Se comunica al proveedor que el Quedan u Hoja de Observaciones se encuentra disponible para su retiro.

Emisor:

Dirección Financiera

Unidad organizativa responsable:

Pagaduría Auxiliar General – Departamento de Tesorería Institucional.

Persona(s) responsable(s):

  • José Manuel Flores
  • José Arturo Orellana Martínez

Teléfono Directo: 

2237-3353/ 2237-3048

Correo electrónico:

arturo.orellana@mh.gob.sv

Fax:

No Aplica

Ubicación:

Boulevard Los Héroes No. 1231, Edificio Ministerio de Hacienda, 2º. Nivel, Distrito San Salvador Centro.

Tiempo de respuesta: 

5 días hábiles

Horario de atención

De lunes a viernes de 7:30 a. m. a 3:30 p. m. sin cerrar al mediodía.

Costo por servicio: 

Gratuito