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Donación de mercancías por beneficiarios de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización
Fecha de Publicación
25 de noviembre de 2020
Objetivo
Comunicar a las empresas beneficiarias de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, los requisitos y el proceso a seguir para la donación de mercancías.
Base Legal
- Artículos: 472 literal d) y 510 literal b) del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA).
- Artículo 27 inciso segundo de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización.
Requisitos
El beneficiario de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, deberá gestionar las autorizaciones respectivas ante las instituciones siguientes:
- Ministerio de Economía: Autorización de la donación,
- Asamblea Legislativa: Decreto de donación, en caso desee eximir impuestos de la operación.
- Ministerio de Trabajo: Autorización de donación de maquinaria o equipo, que pueda causar desplazamiento de mano de obra.
- Entidad interesada en recibir la donación: Escrito que contenga el nombre de la institución beneficiaria, solicitando y justificando la donación, carta de aceptación de la donación y los documentos donde se acredita la existencia legal de la misma.
- Fotocopia de las Declaraciones de Mercancías donde se importaron los bienes objetos de donación y Cuadro de Descargos de Insumos Productos.
- Lista de Empaque.
Formulario
Declaración de Mercancías
Procedimiento General
- El Representante Legal, Apoderado Especial Aduanero u otro debidamente acreditado, presenta solicitud ante la Administración de Aduanas, junto con la Declaración de Mercancías de Importación Definitiva a Donación y los documentos requeridos, mencionados en el apartado 7 (los que apliquen).
- El Administrador de Aduanas revisa y analiza la documentación presentada y si considera pertinente, asigna a un Contador Vista para verificar el trámite de donación.
- El Contador Vista designado, comprueba que la documentación esté completa, verifica la donación en el lugar destinado y elabora acta sobre el cumplimiento de la donación realizada, la cual debe ser firmada por todos los involucrados.
- Posterior a la revisión, el Contador Vista, aplica el procedimiento correspondiente a la liquidación de la Declaración de Mercancías presentada y al despacho de las mercancías en donación.
Emisor
Dirección General de Aduanas.
Unidad Organizativa Responsable
Subdirección de Operaciones y Seguridad Fronteriza
Persona Responsable
Lic. Piero Bonilla
Teléfono Directo
2244-5041
Correo Electrónico
piero.bonilla@aduana.gob.sv; usuario@aduana.gob.sv
Fax
2244-5183
Ubicación
Aduanas internas y delegaciones de aduanas ubicadas en Zonas Francas de la República. Clic aquí para ver ubicaciones.
Tiempo de Respuesta
24 horas hábiles
Horario de Atención
Ver horarios de delegaciones de aduana.
Costo por Servicio
Gratuito