Fecha de publicación
14 de febrero 2024
Objetivo
Verificar si la petición de devolución por pago indebido o en exceso del impuesto sobre la Renta efectuado por el contribuyente, es procedente o no.
Base Legal
Arts. Del 212 al 216 del Código Tributario.
Requisitos
Presentar petición por escrito que esta administración pone a disposición en original y copia firmado por el contribuyente, representante legal o apoderado debidamente acreditado; si el tramite no lo realiza el interesado deberá tener firma autenticada, así como exhibir documento de identidad de quien presenta la solicitud.
Formulario(s)
No Aplica
Procedimiento General
Contribuyente presenta solicitud de Devolución, auditor realiza estudio previo, remite requerimiento internos y externos necesarios, examinará documentación de soporte de lo peticionado y emitirá informe del estudio respectivo, posteriormente se emite resolución donde se establece si lo solicitado es procedente o no y se notifica al contribuyente.
Emisor
Seccion Devoluciones Renta
Unidad organizativa responsable
Sección Devoluciones Renta
Persona responsable
Lic. Hugo Alexander Osorio Bran
Teléfono Directo
2244-3677
Correo electrónico
Fax (si es necesario)
No Aplica
Ubicación
Colonia y Calle La Mascota, Número 144, Ciudad y Departamento de San Salvador, El Salvador, Centro América.
Tiempo de respuesta
60 días hábiles contados a partir del dia siguiente al de la recepción de la petición
Horario de atención
7:30 a.m. a 3:30 p.m.
Costo por servicio
Gratuito