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REFORMAS AL CÓDIGO TRIBUTARIO RELATIVAS A LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA (DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS-DTE)

El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Impuestos Internos, comunica a los contribuyentes en general:

Que mediante Decreto Legislativo No. 487, de fecha 30 de agosto de 2022, publicado en el Diario Oficial No. 197 Tomo 436, de fecha 20 de septiembre de 2022, se reformó el Código Tributario incorporando las disposiciones relativas a los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE), a través de los artículos 119-A al 119-H, 141, 147, 173, 175, 180, 181, 199, 206 y 239-A, aplicables a los contribuyentes del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios que emitan los referidos DTE y a los receptores de los mismos.

El Decreto Legislativo que incorpora la reforma al Código Tributario fue publicado materialmente en el Diario Oficial el día 4 de octubre del presente año y entró en vigencia a partir del día 14 de octubre del mismo mes y año.

Las disposiciones transitorias del Decreto Legislativo, que reforma el Código Tributario, faculta a la Dirección General de Impuestos Internos para establecer y comunicar el plan de incorporación gradual a Facturación Electrónica de los contribuyentes, el cual será divulgado en posteriores publicaciones en los medios oficiales indicando las fechas de inicio de facturación a través de DTE y grupos de contribuyentes obligados a emitirlos.

Los contribuyentes que a la fecha han sido autorizados para la emisión de DTE, continuarán emitiéndolos de la forma establecida en las correspondientes autorizaciones, efectuando los ajustes necesarios de conformidad a las nuevas disposiciones legales.

Para mayor información sobre la Reforma al Código Tributario referente a Facturación Electrónica y el plan de incorporación gradual de los contribuyentes, consulta el sitio web: www.info.dtes.mh.gob.sv