El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Impuestos Internos, comunica a las Instituciones Públicas, contribuyentes y al público en general, que mediante Decreto Legislativo número 874, de fecha 29 de octubre de 2023, se aprobó el Decreto que declara el Estado de Emergencia Nacional por la Tormenta Tropical Pilar, el cual entró en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, y sus efectos durarán 15 días después de la misma.
De acuerdo al artículo 4 del referido Decreto, se exonera del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA); Impuesto sobre la Renta y Derechos, Impuestos o Aranceles a la Importación; y cualquier otro tipo de tributo que generen las donaciones realizadas a las instituciones públicas, para atender los efectos de la presente emergencia.
Para efectos de asegurar la deducción de Impuesto sobre la Renta de las donaciones realizadas por los contribuyentes del referido impuesto, a favor de las Instituciones Públicas, estas deberán documentarse conforme a lo dispuesto en el artículo 32 numeral 4 inciso final de la Ley del Impuesto sobre la Renta; es decir, mediante el respectivo Comprobante de Donación.
En caso de no contar con dicho tipo de documentos, la Dirección General de Impuestos Internos, pone a disposición de las Instituciones donatarias, sus plataformas para que soliciten la autorización de correlativos de los citados comprobantes.
Las consultas sobre la aplicación de los anteriores lineamientos deben dirigirse a la cuenta de correo electrónico asistenciadgii@mh.gob.sv y por medio de consulta telefónica al Call Center (503) 2244-3444 o al WhatsApp 2113-9519.